domingo, 28 de agosto de 2016

Lo de Otegui, y los ingenieros



¡Bueno, bueno, la que se ha liado con lo de Arnaldo Otegui!

Resulta que el tipo fue juzgado por jueces de la Audiencia Nacional, encontrado culpable y condenado. La condena que se le impuso fue trimodal, entiéndase el palabro: fue condenado a cárcel, fue condenado a no poder desempeñar cargo público, y fue condenado a no ser votable.

Obtenida la libertad tras el paso por la cárcel, Otegui manifestó su intención de presentarse a mandamás del País Vasco en las próximas elecciones del 25 de septiembre. Y se ha montado el lío: gente con estudios de la cosa y cargos públicos dicen que no puede, y gente también con estudios de la cosa y cargos opina que sí. A los profanos se nos hace extraña esta discusión, pero por situarnos, creo entender que el tema va así:

En primer lugar, la pena de cárcel. Un periodo en el talego. Pero resulta que el juez condena a pasar dentro una determinada cantidad de tiempo, y... en fin. Que si ha pasado un tiempo antes del juicio, que si ese tiempo computa de una determinada forma, que si se cuenta desde tal fecha, que si beneficios penitenciarios que suponen menos tiempo en la trena, que si permisos ¡qué se yo!, lo importante es que el periodo de condena no coincide con el tiempo en prisión. Cosas de leguleyos.

En segundo lugar, lo del cargo público. Parece ser que el juez, en su sentencia (que no he leído) no explicita qué cargo público no podía ejercer, y no han faltado picapleitos que digan que, si no dice explícitamente el cargo que no puede ejercer, entonces puede. Peor aún, no han faltado jueces o altos cargos del sistema judicial que les han comprado la idea (digo peor aún, porque el picapleitos que lo defiende no necesariamente ha de creer que la idea sea correcta). Desde luego, por cosas como éstas pensamos los españoles lo que pensamos de los jueces, pero en cualquier caso no nos viene de ahí.

Porque lo que ahora se discute es si es elegible o no. Se le condenó a no ser elegible, pero ¿ha cumplido ya la pena? Esa es la cuestión que se debate, creo. ¿Los beneficios y descuentos sobre la pena de privación de libertad (la cárcel) se aplican también a las demás penas? ¿Se han de aplicar las penas una detrás de otra? Parece lógico que la pena de no desempeñar cargo público es a continuación de la de cárcel, ¿no? Además, creo que el tipo tenía aún otra condena anterior (sin carcel, quizás) que lo inhabilitaba, y es lógico que la segunda condena de inhabilitación empieza a cumplirse cuando se acaba el primer periodo, ¿no?

Yo no lo sé, ya digo que yo no entiendo de estos temas, y mi opinión de profano es asimilable a su opinión sobre lo bien que he calculado yo una estructura.

Pero no traigo a mi blog este tema para hablar de Otegui, sino de los jueces y los ingenieros.

Porque a ver si lo entiendo: trincan al interdecto y llevan ante el juez. Que, si ya de por sí es un titulado superior de élite, lo es de la AN: entiendo que de lo mejor en su profesión. Delante del juez, todo el mundo expone, funda y razona sus argumentos. El juez, es su oficio, toma su decisión y dicta su sentencia. La cual se debe cumplir, y fin de la historia. Pero entonces ¿a qué viene todo el jaleo actual? Porque lo que se está discutiendo es si la sentencia está cumplida o no y a qué se refería el juez cuando la dictó. Que no se sabe si se ha hecho ya lo que el juez quería y tenía en mente, o su intención era que fueran consecutivas, o qué sé yo. Uno, en su desconocimiento de cómo funciona la cosa, no entiende porqué no se pregunta directamente al juez que dictó la sentencia. Pero tampoco entiendo cómo es que la sentencia del juez es interpretable cual vahído de pitia, que se discuta el significado de sus palabras, que no esté claro cuál es el tiempo de las condenas y a qué se le condena, etc.

Y, claro, siempre comparo con los ingenieros, y me encorajino. Porque me es evidente que el juez no ha hecho bien su trabajo, pues no se trata sólo de que la sentencia sea justa (algo sobre lo que siempre habrá división de opiniones), sino sobre todo que sea una sentencia clara. ¿Qué mierda de sentencia es ésta, si entendidos están discutiendo hasta qué quiere decir y cuál es su significado? ¡Si resulta que se le puede dar la vuelta para que signifique todo lo contrario de lo que el juez pretendía (pues es posible que, de facto, no lo inhabilite para coger cargo público alguno)!

Insisto: no me he leído la sentencia. No sé del tema. No he seguido la polémica. Lo que sí sé es que el tipo quiere presentarse, que hay voces que dicen que sí puede y que esas voces son de personas que, aunque por su categoría personal no merezcan atención, por los cargos y las profesiones que ejercen es de suponer que hablan con conocimiento de causa. De lo que deduzco que la sentencia no está pulida del todo. Dejémonos de historias, si se ha llegado a la polémica actual es porque alguien ha fallado, y ese alguien es el juez.

Y, sin embargo, el juez no va a pagar por su error. Nadie le va a demandar, no le van a llevar ante ningún otro juez para que éste dictamine si hizo bien su trabajo o no y qué castigo debería recibir. Si un ingeniero de estructuras comete un error equivalente en su campo, el juicio está asegurado. Y el juez será implacable. Y oigan, que me parece bien que lo sea. Lo que me encorajina es cuando el error lo comete uno de ellos.




Amaral - Cuando suba la marea

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