lunes, 9 de enero de 2023

Esperando la nueva norma sísmica

https://www.youtube.com/watch?v=4Vs6xB52B3s 

 

 

No se ha publicado todavía la nueva norma sísmica NCSR-22, pero ocurrirá y no creo que haya diferencias esenciales con respecto al texto que se sometió a información pública. Técnicamente no aportar gran cosa: la principal novedad es que es la trasposición del eurocódigo, con lo que pasamos a tener la misma norma sismorresistente que los demás países europeos. Más fácil, pues, el intercambio de ingenieros y de programas de cálculo. La otra novedad que aporta es el cambio del mapa de peligrosidad sísmica, sustituyendo el de 2002 por el que estableció en 2012 el propio ministerio pero que no había entrado en vigor por el sutil detalle de que la norma de 2002 se refiere al de la norma de 2002, en vez de decir (como va a hacer la nueva) que será el que se considere vigente en cada momento, ya ven qué poco costaba haber hecho bien la norma del 2002. Claro que lo que pasaba en 2002 es que el mapa de peligrosidad sísmica en España estaba asentado como "razonable", de hecho, también podríamos tildar de "razonable" a la misma norma de 2002; a la del 2022, desde luego, me temo que no.

El primero de los puntos "no razonables" de la nueva norma es el mentado mapa de peligrosidad sísmica: la aceleración sísmica ha crecido mucho en casi toda España. Es como si se corrigiera el mapa de nevadas y ahora en Elche hubiera que prepararse para nevadas de 1,5 metros. ¿Se ha resituado España, de pronto, en la falla de San Andrés? Salvo en unos pocos lugares de España, los temblores de tierra son insólitos. En Barcelona, por ejemplo, diría que no hay un temblor perceptible por la población ni cada diez o quince años, y eso sólo por la parte más sensible de la población en los edificios más altos; desde luego, nada que deba preocupar a un ingeniero de estructuras. Y la propia realidad constata los hechos: nadie recuerda cuándo fue la última vez que un terremoto derrumbó un edificio en Barcelona, pero es que si se estudiara ese caso en seguida se descubriría que la técnica constructiva de ese edificio sería inadmisible hoy en día sin necesidad de norma sísmica. Pues ahora en Barcelona tendremos una aceleración sísmica de 0,087g y todo habrá que calcularlo de manera específica para resistir terremotos. Esto es ridículo.

El segundo punto "no razonable" está en el redactado español de la norma. Ésta consiste en un articulado, que básicamente declara que ha de aplicarse la norma y el ámbito de aplicación (es que la norma expuesta a información pública consta sólo de 2 artículos más las disposiciones adicional, transitoria y derogatoria habituales en todas las normas), y los anejos que son la traducción del eurocódigo y que por tanto desarrollan la norma. Bien, el drama está en el artículo del ámbito de aplicación: se aplica a todo, salvo que esté construido en la zona de muy baja sismicidad. ¿Qué planteaba la razonable norma de 2002? Pues eximía a lo que está en la zona de muy baja sismicidad, pero también a todo lo que no era importante, estuviera donde estuviera (la caseta del perro, por ejemplo, o el cobertizo donde se guardan las herramientas del jardín), y a los edificios normales si estaban en la zona de baja sismicidad, y también en la media si cumplían ciertas pautas, muy fáciles de cumplir, que automáticamente bastaban para dar la resistencia necesaria en esas localizaciones. Lo que hace la norma nueva, extender la aplicación de la norma a todo lo que se construya, es simplemente ridículo.

¿Y qué inconveniente hay en eso?, se preguntarán.  Pues es que no es necesario, porque hacerlo no va a aportar ninguna mejora. La estructura no va a ser más resistente o estar más preparada para resistir un sismo por hacer el estudio que exige la norma, va a estar igual se aplique o no. Por lo tanto, es un estudio superfluo. Y hacer algo superfluo es una ineficacia, no conviene.

El tercer punto tiene su origen en que la norma está pensada para las grandes obras y al extender su aplicación a todas aparecen las exageraciones. Es como si se hiciera un protocolo de pruebas médicas para tratar un cáncer de pulmón y se decidiera que ese protocolo, excelente por otra parte, se aplique en todos los tratamientos, también cuando haya que tratar una infección de garganta o un rasguño en la rodilla. ¿Verdad que sería ridículo? Pues la norma sísmica no lo considera así. Por ejemplo, el cálculo sísmico lo basa la norma en el estudio concienzudo del comportamiento sísmico del terreno (hasta una profundidad de 30 metros, creo) y de sus cualidades. Toda gran obra incluye en su proyecto estos estudios, claro, pero la inmensa mayoría de las obras no. Sobre todo, de las actuaciones en edificios que ya están construidos. Como si fuera necesario una radiografía para curar un arañazo. ¿Con qué cara se le dice a un propietario que colocar un equipo de aire acondicionado o abrir una puerta en una pared requiere que haga un estudio geotécnico de la repanocha en su finca, por si los terremotos? Como no se van a hacer esos estudios geotécnicos, el técnico que haga la actuación no podrá, en rigor, aplicar la norma sísmica. Aunque como ésta no iba a aportar nada, pues tan panchos.

Pero imaginemos que sí se dispone de ese estudio. ¿Cuál es el problema, entonces? ¡Uf! ¿Por dónde empiezo?  Baste decir que lo excesivo de la exigencia geotécnica se traslada a algunas disposiciones estructurales. Repito, como si lo que se hiciera hasta ahora no bastara.

Pero el mayor drama para mí es mi cruz personal: no hay manera de hacer el cálculo sísmico sin ordenador. Sin un programa de ordenador. Si todo ha de tener un cálculo sísmico y todo cálculo sísmico requiere un programa de ordenador, para calcular (normativamente) cualquier cosa se habrá de emplear un programa de ordenador. Y creo que ya he dejado en suficientes entradas constancia de lo que opino al respecto.

Un punto terrorífico es el apéndice D del anejo 1, que establece las especificaciones relativas a los documentos de proyecto. Lo que hay que documentar. Con lindezas como «se relacionarán los elementos de la construcción que constituyen los sistemas estructurales primario y secundario (apartado 4.2.2), así como los no estructurales. La clasificación se justificará explícitamente con base en la aportación de cada sistema a la rigidez frente a acciones horizontales en cada dirección considerada, indicándose de forma explícita las medidas adoptadas para evitar la interacción entre los elementos estructurales y no estructurales», o «en las estructuras de hormigón armado, en las mixtas y en las de fábrica se indicará explícitamente y se justificará el grado de reducción de la rigidez ante acciones horizontales debida a la fisuración de los elementos». ¿Se quiere acaso que en un edificio de vivendas se haga el listado de los tabiques (elementos no estructurales), indicando de forma explícita cómo se conseguirá que no interactúen con los elementos estructurales?. Y, por supuesto, en la memoria final de obra «se justificará mediante un proyecto realizado por Técnico competente cualquier cambio que se realice respecto al proyecto inicial, incluso aquellos que supongan un incremento de la resistencia o rigidez de los elementos modificados». ¡Ay del que se atreva a modificar uno de esos tabiques! Si tenemos en cuenta que la norma abarca todo, es para salir corriendo. ¡Viva la ineficacia!

Ahora bien, no se crea que esto de la documentación necesaria va a ser un drama: probablemente, los programas de cálculo, Cype y los demás, evolucionarán y serán capaces de generar miles de páginas que respondan a esos requerimientos. Espero, por lo menos. Como queda claro que sólo se podrá calcular empleando programas, ya se encargarán ellos de resolver este escollo. Mientras no haya que imprimirlas…

Todo hasta aquí son, que conste, problemas que sólo tendremos los ingenieros. Lo que nos cueste hacer un cálculo sísmico no le importa ni al arquitecto que firme el proyecto, ni al constructor, ni al promotor, ni al usuario final. Pero ¿lo repercutiremos en la factura? En mi opinión, pocas veces podremos. Porque pocas veces los clientes entenderán la necesidad del cálculo ni la cantidad de comprobaciones que deberán hacerse. Por volver al símil médico, el del rasguño en la rodilla no entenderá la necesidad de pagar una radiografía de cuerpo completo, y si no quiere pagarla ¿va el que le cure la rodilla a pagar de su bolsillo esa radiografía que él mismo sabe que no es necesaria? Pues los ingenieros haremos lo que haría el médico: "si le preguntan, diga que sí le he hecho una radiografía". Lo que pasa es que…

Lo que pasa es que hay mucho ingeniero por ahí suelto, y los ingenieros somos capaces de ser las personas más tocanarices del mundo, y nos encanta tocárselas a los demás ingenieros. Y, claro, la norma sísmica nos da una oportunidad excelente: "¿ha tenido usted en cuenta la norma sísmica? Demuéstremelo". Por no decir que bastará una pregunta sobre un tema cualquiera (que el preguntador se habrá preparado) para poner en ridículo al proyectista: cómo ha tenido en cuenta, qué criterio ha seguido, cómo ha resuelto… Y quedará claro que el proyectista no tiene ni idea de lo que "ha" hecho. La réplica podría ser decirle al ingeniero preguntador que no toque las narices, que sabe perfectamente que todo esto de la norma sísmica es una ridiculez (entiéndase que estoy hablando de esa gran mayoría de actuaciones en la que lo es) y que se limite a cumplir con el paripé como todos, pero es una estrategia arriesgada.

En fin, en mi opinión las normas antiguas, mucho más sencillas que la que se avecina, eran más beneficiosas: por su misma sencillez, el proyectista intentaba saberlas y entenderlas, y así adquiría los rudimentos de la ingeniería sísmica. Preferible de lejos, en mi opinión, a lo que sabrán los proyectistas futuros, bregados sólo en que la norma la aplica y resuelve el ordenador.

¡Del pleistoceno!, me tildarán muchos. Sin duda. Lo triste es que tendrán razón, me temo. Ganas tengo de extinguirme ya.

 

 

Jaime Pérez Gutiérrez - La Bisi

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